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  • Consulta : 170436
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 285909

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Injusto o no, el acreedor puede demandar indistintamente a Usted o al deudor principal, pues Usted se solidarizó con la deuda de ésta persona.

    Pudiera ser que existe complicidad entre el deudor y el acreedor para perjudicarlo, pero finalmente Usted firmó y supongo que es mayor de edad, por lo que debe entender las consecuencias de sus actos.

    Si en un momento determinado Usted llegara a perder sus bienes por esta situación, puede repetir la acción en contra del deudor y cobrarle lo que Usted pagó indebidamente.

    De igual forma, al contestar la demanda, solicite sea llamado a juicio el deudor principal para que también sea parte en el juicio, pero si con los bienes que ha Usted ya le fueron embargados, se cubre el adeudo, ya no será necesario ampliarlo con bienes de la otra persona.

    Lo injusto o no del caso, obedece a su ligereza para obligarse por un tercero...