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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Septiembre de 2012 18:37 2012-09-20 18:37 desde IP: 201.144.87.45
Entiende: La notificación es PERSONAL, no hay desacato ni problema si NO TE HAN NOTIFICADO.
Ya no se usa eso de "hacer perdediza la demanda, y de que otro firme por uno".
Si te llegan a fincar una pensión alimenticia Y NO FUISTE LLAMADO A JUICIO, cualquier licenciado en Derecho con cédula puede derribar todo lo actuado a partir de dicha "notificación".
Dejala que ella sola haga el problema, eso sí, si te notifican, DEBES DE CONTRATAR A UN LIC. COMO NOSOTROS.
Tu otra duda no lo entiendo, pero la pensión se basa en tu sueldo Y PRESTACIONES recibidas.
Suerte.
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