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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Septiembre de 2012 16:58 2012-09-21 16:58 desde IP: 187.201.1.229
Mí estimado consultante Daervasan:
Mire, le explico la razón por la que en mi comentario anterior le señalé que no entendía muy bien su relato, y ahora sabiendo su inconformidad, le comento que precisamente son éste tipo de asuntos los que más deberían de pelear las personas, ya que constantemente son engañadas y nunca hacen nada al respecto, lo que le da seguridad a estas Instituciones de estar burlándose de los ciudadanos.
Así es, que importa lo que diga la ley AMAÑADA del IMSS, cuando a mi modo de ver las cosas, aquí se desprenden algunos delitos tipificados como por ejemplo en los artículos 214 del Código Penal Federal, cuyo rubro es: EJERCICIO INDEBIDO DE SERVICIO PÚBLICO, y demás articulos relativos y aplicables, y ya veríamos que rápido se les iba a quitar lo mañosos a estos malvados. QUIEN FIRMÓ LA NEGATIVA DE PENSIÓN, PARA QUE PASE A RENDIR CUENTAS, PERO ANTE EL MINISTERIO PUBLICO FEDERAL POR LOS DAÑOS OCASIONADOS AL INTERESADO.
La ley del IMSS solo le resarce el daño del último año, cuando el perjuicio por ejemplo en su caso, es de muchos años atrás.
LUEGO PORQUE ESTAMOS COMO ESTAMOS
SALUDOS
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