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AutorRespuesta No: 285740
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Septiembre de 2012 13:31 2012-09-20 13:31 desde IP: 201.103.190.211
Su esposo tendrá que contestar la demanda en el plazo que se le concedió para ello, haciendo valer que tiene otros acreedores alimentarios.
Asimismo, Usted puede promover un juicio de pensión alimenticia para Usted y sus hijos contra su esposo, y que se deduzca que los ingresos del padre están más limitados...
Para todo lo anterior, requieren de los servicios de un Lic. en Derecho especialista en materia familiar de su Estado, ya sea particular o de oficio.
Suerte!
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