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AutorRespuesta No: 285706
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Septiembre de 2012 10:58 2012-09-20 10:58 desde IP: 201.103.190.211
En el Estado de Veracruz no se le exige la firma del abogado patrono, pero si no cuenta con asesoría y su contraría sí, entonces deberán designarle un defensor de oficio.
Si no es Lic. en Derecho y desconoce ciertos términos, le sugiero se abstenga de llevar su asunto sólo, pues en ocasiones, por falta de pericia o de plantear en términos correctos sus peticiones, puede perder más por menos...
Si ya tiene una sentencia y sólo le falta la documentación para que se gire el oficio al Registro Civil y obtener el acta de divorcio o la anotación marginal en su acta de matrimonio, entonces no veo mayor problema para que Usted sólo siga con su asunto.
Suerte!
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