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  • Consulta : 170049
  • Autor : DRETH
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  • Autor
    Respuesta No: 285472

  • DRETH
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola marcel, claro que se puede hacer esa accion mediante un escrito de rectificación el cual marca el codigo civil del estado de baja california en su apartado:

    CAPÍTULO XI
    DE LA RECTIFICACIÓN DE LAS ACTAS 
    DE REGISTRO CIVIL


    ARTÍCULO 134.- El interesado en la rectificación de un acta del Registro Civil,
    deberá presentar ante el Oficial del Registro Civil una solicitud por escrito que deberá contener:
    I.- Nombre, domicilio y generales del interesado;
    II.- Los datos del acta de cuya rectificación se trate;
    III.- El señalamiento de los motivos de la rectificación del acta.
    A la solicitud deberá acompañarse:
    A).- Copia de la solicitud que quedará en la Oficialía del Registro Civil;
    B).- Copia certificada del acta de que se trate, expedida por el Oficial del Registro Civil
    correspondiente;
    C).- Copia certificada de las actas relacionadas con aquella cuya rectificación se solicite
    y de los documentos justificativos de la rectificación. 

    te recuerdo que esta accion solo pueden llevarla acabo personas mayores de 18 años o en su caso que tus padres este de acuerdo en la omision de las letras que deseas quitar de tu nombre. Espero que esta informacion te sirva para hacer los pasos siguientes; aunque si tienes dudas de como llevar el procedimiento puedes consultarlo con personal del registro civil de tu region.

    Me pongo a tus ordenes.
    PLD: Mildreth Rodriguez
    Matricula: LD2006043 06-2047-O-0108-05
    whats app o movil: 2291175058
    E-mail: lic.rodriguez.lopez(arroba)live(commx)