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Fecha de respuesta: Martes 18 de Septiembre de 2012 10:44 2012-09-18 10:44 desde IP: 187.141.50.114
Si no hubiere testamento, procede la sucesión legítima y la ley ordena, determina, el orden en que se debe heredar, partiendo de la regla que los parientes más próximos excluyen a los lejanos. Se hereda demostrando el entroncamiento, con el autor de la sucesión, por medio de las actas que prueben el estado familiar, esposo, esposa, hijo, concubino, concubina, adoptado, viuda y otros supuestos; además, la ley determina los porcentajes a que se tiene derecho dependiendo el grado de parentesco. Una de las más graves consecuencias de este supuesto es que al no haber testamento, los bienes irán a dar al patrimonio de quienes, probablemente el de cujus, nunca pensó que debían recibirlos. ...Por lo que te suguiero, vayas al Juzgado Civil de tu estado y te asesores un poco mas con un abogado de oficio quien te dira que hacer y en caso de promover un juicio intestamentario el mismo abogado de oficio puede llevar tu asunto sin cobro alguno, porque a este le paga el estado.
atte. Lic. Oscar Garcia Salas
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