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  • Consulta : 169187
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 284529

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Primero verifique si al autofinanciamiento contaba con seguro para el caso de muerte del titular, casi todos los contratos de esta naturaleza cuantan con una cláusula para que el seguro cubra la totalidad del adeudo en caso de muerte. También puede ocurrir que las mensualidades no estuvieran al corriente al momento de la muerte y en este caso el seguro no opera, por lo que Usted como aval queda obligado a cubrir el adeudo, pero tiene derecho a recuperar lo que pagó a la sucesión.