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  • Consulta : 169181
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 284588

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    En la ciencia del derecho no existe nada automático y efectivamente los bienes del padre que corresponden en un cincuenta por ciento a la masa hereditaria al estar casado por sociedad conyugal, lo pudieron reclamar los hijos, sin embargo al dejar pasar veinte años, Usted o su madre con la mano en la cintura podran oponer la excepción de prescripción si su hermano pretende ahora reclamar algo de esa sucesión. Si bien la prescripción no es de oficio, si podrá hacerla valer si alguno de sus hermanos después de veinte años la quiere sorprender. Sólo contrate a un abogado de verdad, con cédula y experiencia y oponga la prescripción con fundamento en el artículo 1652 del Código Civil Federal o el equivalente al Código Civil de su Entidad Federativa.