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Fecha de respuesta: Martes 11 de Septiembre de 2012 20:40 2012-09-11 20:40 desde IP: 201.161.26.46
Buena tarde, en principio de cuentas la Ley Agraria establece prelación respecto a los herederos en caso de que no haya disposición testamentaria, tu abuela tiene prelación, es decir, a ella corresponde heredar, se tiene que llevar a cabo la adjudicación. Saludos
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