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AutorRespuesta No: 284353
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Septiembre de 2012 12:57 2012-09-11 12:57 desde IP: 201.141.147.152
El tramite para otorgarle la pension alimenticia se tiene que realizar unica y exclusivamente ante un juez de lo familiar y se inicia mediante una demanda, ya que si ustedes tratan de llegar a algun convenio ante otra institucion no va a tener validez, lo anterior toda vez que el juez de lo familiar es el encargado de designar el porcentaje que usted tendra que recibir como pension alimenticia dependiendo de las necesidades alimentarias del acreedor alimentista y las posibilidades de quien deba otorgarlas, le recomiendo que mejor se acerque a un abogado especialista en la materia para que le lleve acabo su demanda o de lo contrario asista a los juzgados de lo familiar en su entidad y pida el aapoyo de la defensoria de oficio para poder tramitar la demanda.
ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS
ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR
LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA, LIC. LIZETH RUIZ GARAY
TEL. 47513179
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