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AutorRespuesta No: 284059
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Septiembre de 2012 23:56 2012-09-07 23:56 desde IP: 187.160.183.56
Especulando: si ustedes generalmente trabajan los domingos, entonces debe ser inhábil, según lo estipulado en la Ley y en el supuesto de que les pidan laborar, en primer lugar pueden negarse a hacerlo o bien aceptar con la condición de que debe ser cambiado por otro o pagado conforme a lo estipulado en la LFT, si son personal sindicalizado apyense en su sindicato, si no lo son y tienen problemas con sus patrones, acudan a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, donde les brindaran orientación y asesoría al respecto.
Pero si sus labores cotidianas son de lunes a viernes (o a sábados) entonces la empresa está en su razón, un día considerado como festivo, si cae en domingo y usualmente los domingos no se labora, no tiene porque ser canjeable, en otras palabras, no es negociable.
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