Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 168541
  • Autor : dorae
  • Consultas en Foro: 7
  • Respuestas en Foro: 1181
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6733
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 284059

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Especulando: si ustedes generalmente trabajan los domingos, entonces debe ser inhábil, según lo estipulado en la Ley y en el supuesto de que les pidan laborar, en primer lugar pueden negarse a hacerlo o bien aceptar con la condición de que debe ser cambiado por otro o pagado conforme a lo estipulado en la LFT, si son personal sindicalizado apyense en su sindicato, si no lo son y tienen problemas con sus patrones, acudan a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, donde les brindaran orientación y asesoría  al respecto.

    Pero si sus labores cotidianas son de lunes a viernes (o a sábados) entonces la empresa está en su razón, un día considerado como festivo, si cae en domingo y usualmente los domingos no se labora, no tiene porque ser canjeable, en otras palabras, no es negociable.