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  • Consulta : 168537
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 284036

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si hay un testamento se debe estar y pasar por él, pero debe aclarar si en el testamento señala como heredera universal del de cujus a su cónyuge, o señala como heredera a su cónyuge la "Sra. María Pérez", o sólamente a la Sra. María Pérez, que se presume es su cónyuge. Sin embargo sólo debe acudir al Registro Civil y solicitar una copia certificada del acta de matrimonio y denunciar la sucesión testamentaria.