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  • Consulta : 168268
  • Autor : anskarius
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  • Autor
    Respuesta No: 283726

  • anskarius
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    (Resumen de Actividades)

    Este tipo Comités son meramente particular para beneficio del mismo edificio, no le compete al municipio porque solo estarian viendo los problemas del inmueble y no de una colonia o fraccionamiento......Para llevar acabo este tipo de Comités, es importante que se encuentre por lo menos  la mayoria relativa de dueños de departamentos o sea el el 51%  de no haber Cuorum ni es legal...y para ello debe seleccionarse a un Presidente, Secretario, Tesorero y dos Vocales ...El presidente sera como el Administrador.--el secretario sera un apoyo del presidente---en caso de cooperaciones para las necesidades del edificio u otros esta el tesorero y los dos vocales que apoyaran en todo a los que anteceden........Se debe levantar un acta de acuerdo por la asamble de vecinos donde se asentara a los representantes y con la firma dando fe los mismos vecinos...dichos representantes velaran por los bebeficios de sus representados y gestionaran inperfectos del edificio si es el caso y haran reparaciones con las aportaciones...todo depende de las necesidades del edificio o problemas con los mismos vecinos...el acta sera de particulares..no puede intervenir ninguna autoridad legal.