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  • Consulta : 168265
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 283748

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Su patrón no tiene porque pagarle a usted nada durante la incapacidad, pues una de las ventajas de que el IMSS cubra este periodo, es que la patronal puede contratar un empleado interino que realice sus funciones durante el periodo de la licencia y el salario que deja de cubrirle a usted se utiliza para pagar al empleado provisional.

    No es procedente lo que le están requiriendo, lo que el IMSS le cubra por su incapacidad, es de usted, no de su patrón.