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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Septiembre de 2012 21:58 2012-09-06 21:58 desde IP: 189.245.76.191
CONSULTANTE rencalada_1959_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que, el monto para pagar la prima de antigüedad, en este caso concreto,tomando como base la cantidad de $106.00, en virtud de que su salario diario excede la cantidad de dos veces el salario mínimo general vigente en su zona geográfica, entiende; saludos y suerte en su caso.
Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA LABORAL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 3182-2696
Celular: 55-3462-7069
WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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