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Fecha de respuesta: Martes 04 de Septiembre de 2012 20:28 2012-09-04 20:28 desde IP: 189.245.76.191
CONSULTANTE sely77_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Para que usted pueda salir del país es necesario que tenga la autorización expresa del padre de su hija, del o contrario no puede salir la menor, sin embargo si usted quisiera no necesitar
mas de ese permiso efectivamente tendría usted que tramitar la perdida del a patria potestad del padre de su hija sobre esta, pero para ello es necesario que usted acredite en el juicio correspondiente ciertas circunstancias para que sea procedente la referida perdida de patria potestad. Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 3182-2696
Celular: 55-3462-7069
WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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