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  • Consulta : 167618
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 283123

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Los prestadores de servicios tienen la obligatoriedad de extender los comprobantes fiscales inherentes a la prestación, al momento en que se liquidan, ese es el momento idóneo en que quien recibe el servicio solicita su comprobante presentando sus datos de contribuyente para la elaboración del documento, en algunos establecimiento o algunos profesionales extienden estos comprobantes siempre y cuando se encuentren en el mismo mes del servicio.

    La razón de que a este tiempo se le niegue dicho comprobante es que todos los prestadores de servicios, empresas o negocios llevan una contabilidad para poder efectuar en tiempo y forma sus declaraciones de impuestos, si el servicio fue en enero, ya no es posible emitir una factura porque ya fueron glosadas las correspondientes a ese mes.

    Quien le brindo el servicio y usted fueron omisos en su momento, el prestador tenia la obligación de entregarle un comprobante de pago y usted la responsabilidad de requerirlo.