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  • Consulta : 167449
  • Autor : Carlos Silveira
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  • Autor
    Respuesta No: 282914

  • Carlos Silveira
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Muy buenas tardes,

    Antes que nada hay que tener muy en cuenta que en lo que la patria potestad de los menores se refiere la ley da
    preferencia a la madre o a ambos padres del menor (a los que la ley reconoce, no biológicos) para que ostenten la
    misma, sólo en casos en que se demuestre (aquí está el meollo) el daño o peligro que sufre el menor con ellos el
    Juez se atreverá a revocarles la patria potestad, y de ser así los siguientes en orden de preferencia para el cuidado
    del menor son los abuelos, lo cual constituye la buena noticia.

    En el caso que nos planteas puede ser viable, más siempre hay que tomar en cuenta que un litigio puede ser
    desgastante, hay que poner en la balanza el costo beneficio, sobre todo tratándose de menores de edad.

    Legalmente hay mucho por hacer, demandando la perdida de la patria potestad a la madre del menor los
    siguientes aptos según la ley son los abuelos.

    En el caso de que no pierda la patria potestad su hija, independientemente de que el Señor Americano no sea el
    padre según la ley, basta con el consentimiento de ella para que el niño salga del país.

    Busque asesoría legal, solo un abogado con trato directo y conocimiento pleno de la legislación de su entidad
    podrá dar solución efectiva a su caso.

    Muchos Saludos.

    Juan Carlos Silveira Bernal