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AutorRespuesta No: 282906
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Fecha de respuesta: Jueves 30 de Agosto de 2012 09:50 2012-08-30 09:50 desde IP: 187.186.74.78
HOla. Aunque la consulta no es para mi, ruego disculpas por meter mi cuchara en esto al buen amigo garovalo pero en lo que él responde le señalo: Cierto es que es ilegal emplazar a un muerto... solo que... le aseguro al 100% que no emplazaron al decujus como se piensa. Lo mas seguro fue que Bancomer al ver vencidas las mensualidades de hipoteca y sabedor que el señor había fallecido, demandaron argumentando que se desconocía el docimicilo de éste... lo que abre la puerta a hacer publicaciones por EDICTOS que la ley lo contempla. Al hacer lo propio el banco señala el inmueble y se lleva todo el proceso hasta la sentencia. A mi muy particular punto de vista salvo que Garovalo titular de esta consulta opine otra cosa ... lo que debe hacer es iniciar cuanto antes el Juicio sucesorio intestamentario y señalar un representante de la sucesión. Al mismo tiempo ampararse contra la ejecución de sentencia pues al ser usted la representante de la sucesión era a usted a quien deberían notificar ante la muerte de su esposo. Sería un amparo sostenido solo con palillos pues quedará claro que su nombramiento de albacea es reciente pero sería lo unico que se me ocurre.
Si le conceden el amparo para efectos de suspensión.. evitará que la casa no se adjudique pro LO UNICO CIERTO ES... que suponiendo y sin conceder que se lograra la reposición del procedimiento por falta de notificacion al representante de lasucesion lo unico que ganaría con ello es TIEMPO. pero el dinero que se adeuda debe juntarlo más los honorarios de un buen abogado en amparo por lo que si le demandan 680 mil pesos de la hipoteca...debe prepararse con unos 800 mil para poder dar batalla en tribunales.
Lamentablemente si usted dejo pasar tanto tiempo por ignorancia o falta de recursos será algo que ahora este actuando en su perjuicio. Si desea rescatar esa casa... necesita esos centavos pues aunque se reponga el procedimiento, lo que es claro es que el aduedo existe y debe cubrirse para evitar la adjudicación o remate del inmueble
Saludos
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