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  • Consulta : 167367
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 282869

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Esto depende solo de una cosa:

    - Debes de cerciorarte si firmas algún tipo de contrato por las comisiones que recibes.

    Si eres comisionista,  no eres empleado, 

    La figura del comisionista no se presume,  SE PACTA POR ESCRITO,  lo cual quiere decir que si en ningún lado tú has firmado que trabajas por comisión´y que no recibes sueldo, sino comisión, TU ERES UN TRABAJADOR SUBORDINADO COMO CUALQUIER OTRO.

    Buzo con esto.

    Si te corren injustificadamente, tú puedes demandarlos y darles hasta por debajo....

    Si ellos quieren aburrirte,  pues lo van a lograr, pero tú puedes acudir a la PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO.  Investiga en internet en donde queda cerca de tu domicilio.

    Suerte.