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  • Consulta : 167235
  • Autor : licmguevara
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  • licmguevara
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    normalemnte por realizar la cobranza de un adeudo se cobra el 20% de lo recuperado ya sea en forma judicial como extrajudicial,  la diferiencia entre ambas instancias es que en forma exrajudicial, es mas rapida, sin gastos de juicio y en corto tiempo y la judicial es a largo plazo, gastos judiciles, pero en ambos casos tu astucia para majenar el asunto y tus conocimientos juridicos te llevaran a conseguir el cometido que es recuperar el dinero de su cliento, por lo tanto no debe existir diferiencia entre judicial y extra judicial,

    pero el porcentaje puede variar dependiendo el monto de la cobranza ya que no es lo mismo realizar una cobranza de 1,000.00 que de un milllon