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  • Consulta : 166481
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 282196

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Que la sentencia ya no se puede recurrir con ningún medio y las partes deben de estar y pasar por ella en todo momento y en todo lugar, y quién logró las pretensiones reclamadas ya puede iniciar mediante incidente la ejecución para que el obligado cumpla con lo ordenado en la misma, y de ser necesario con uso de la fuerza pública.