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  • Consulta : 166465
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 282153

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Solo te corresponden las partes proporcionales de las prestaciones devengadas y no cobradas a la fecha de terminación de la relación laboral, como son, parte proporcional de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, como salarios pendientes de pago, y/o cualquier otra prestación que por tu contrato hubieres tenido derecho.

    Suerte!