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  • Consulta : 166406
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 282044

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    El seguro de salud a que hace referencia la Ley del ISSSTE en su artículo 3 específicamente la fracción IV de invalidez y vida, esta determinado en un mínimo mensual por concepto de pensión, esto quiere decir que usted no recibe un “finiquito” el Instituto le otorga una pensión mensual por invalidez.

    Para estar en condiciones de brindarle una información mas completa, es importante nos diga si su invalidez es producto de accidente de trabajo o enfermedad no profesional y cual es su edad (esto debido a que si usted se acogió al Artículo Décimo Transitorio de la Ley del Instituto, ya tiene la antigüedad necesaria para una jubilación, solo hay que determinar si procede o no, según su edad)