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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Agosto de 2012 17:36 2012-08-23 17:36 desde IP: 189.177.197.37
si es legal, por lo general el no hacer los tramites en tiempo y forma ocasiones recargos, multas, y el imss puede emitir creditos hasta por 5 años atras, todo en apego al codigo fiscal de la federacion y su reglamento asi como ley imss y su reglamento. mejor solicite un convenio de pagos o si puede haber la posibilidad de apegarse al acuerdo 187 pero acuda a la subdelgacion con el jefe de construccion y o jefe de auditoria planeteelo, lo que puede hacer es realizar un pago, por lo que me toco ver en el imss, meten algun recurso, quizas resulte a su favor pero el imss tiene la facultad de volverlo a emitir subsanando la omisiones o los motivos por el cual dtermino el juez la nulidad, el imss lo emito con otro numero de credito y por ende vuelven a notificarlo pagaria mas en abogados, recargos actualizacion y multas, bueno es mi punto de vista.
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