Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 166126
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6890
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 281776

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    puedes inscribor en el catastro tu contrato de arrendamiento... al efecto de que se embargue la clave predial .... y se requiera al dueño... si lllegan a buscarte... debes mostrar copia del contrato y entregar  copia... nunca el original... a la autoridad que lo requiera... mientras dure el contrato.,.. nada pueden hacer... pero... vencido..al dia siguiente te pueden lanzar... ya ve buscando donde te vas a cambiar...