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Fecha de respuesta: Martes 28 de Agosto de 2012 21:33 2012-08-28 21:33 desde IP: 187.195.34.19
Si no realizó la inscripción de la sentencia de divorcio en el Registro Civil, primeramente tendrá que solicitar la devolución de los autos al Juzgado, pues si han transcurrido más de seis meses de que se dejó de promover en el juicio, ya debió haber sido remitido al Archivo Judicial.
Una vez que regrese el expediente, tendrán que ser notificados personalmente ambas partes del juicio.
Ya que estén notificadas, entonces deberá promover que nuevamente se expida el oficio dirigido al Registro Civil para que se realice la inscripción de la sentencia de divorcio en el acta de matrimonio.
En el Distrito Federal, no expiden actas de divorcio, sino que las actas de matrimonio, llevan anotaciones marginales, que aclaran situaciones jurídicas, correciones de datos o señalan si dicho matrimonio fue disuelto por sentencia del Juez X, de fecha X.
En tal sentido, no requiere un gestor, sino un Lic. en Derecho del Distrito Federal, para que realice todo este trámite y una vez que se presente el oficio y se cubran los derechos y se presente el escrito, tardan aproximadamente un mes para expedir el acta de matrimonio con las anotaciones marginales.
Suerte!
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