Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 165708
  • Autor : Cuaresmen
  • Consultas en Foro: 4
  • Respuestas en Foro: 2380
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6897
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 281403

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Se la podrìamos dar, o bien usted buscarlo en esta pàgina en la secciòn "formatos".

    Sin embargo, no le va a servir de nada.

    Por què Ç??  por que este tipo de actos jurìdicos,  DEBEN DE CELEBRARSE ANTE NOTARIO PUBLICO, y èl es quien redacta la escritura pùbica.

    Asì las cosas, usted no necesita machote alguno, sino dinero para ir con el Notario Pùblico y cubrir sus honorarios, los impuestos, y la inscripciòn en el Registro Pùblico de la Propiedad y del comercio.

    Saludos.