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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Agosto de 2012 17:14 2012-08-20 17:14 desde IP: 187.177.248.137
El contrato que firmaste de apertura de crédito te dice cual es el tiempo que puedes atrasarte como máximo para que sea exigible el total del credito, si ya lo superaste, lo más seguro es que demanden el cumplimiento, si Ud. estuviera del otro lado haría lo mismo o no?? Saludos.
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