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AutorRespuesta No: 281284
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Fecha de respuesta: Domingo 19 de Agosto de 2012 22:34 2012-08-19 22:34 desde IP: 201.141.54.69
Sería prescripción positiva, no negaiva y la debe hacer valer en la reconvención y con título justo que acredite la calidad de propietario. Si no cuenta con título o contrato de compraventa del inmueble y además no lo hizo valer en la reconvención a la demanda, aunque tenga doscientos años en el inmueble, no tiene nada.
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