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AutorRespuesta No: 280908
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Agosto de 2012 21:47 2012-08-17 21:47 desde IP: 201.141.9.139
Ni soy palero, ni intervengo en apoyo de nadie, sólo deseo comentar una experiencia personal: Si bien no es mi especialidad la materia familar, nunca falta en el círculo de amigos quien solicita asesoría, y por la antigüedad de esa amistad que vive en el Estado de México con una Sra. que tiene un hijo de su anterior matrimonio, demandé la pensión alimentaria en favor del menor del primer matrimonio y del que su padre no aporta nada, padre que trabaja para una empresa en el D.F. La demandá la presenté en en Tribunal Superior de Justicia del D.F., manifestando que el domicilio del aceedor alimentista se encuentra en el Estado de México. A los tres días se dicto auto admisorio y solicité los oficios de descuento dirigidos a la fuente de empleo, en quince días se iniciaron los descuentos por pensión provisional mismos que a la fecha se siguen realizando porque el padre ni se ha presentado. Si bien pudo contestar y oponer las excepciones que quiera, el primer objetivo se logró, cobrar úna pensión sin necesidad de exhorto y no desecharon la demanda, ni siquiera me previnieron.
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