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  • Consulta : 165029
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 280553

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No puedes realizar ningún traspaso sin la autorización de tu acreedor hipotecario.

    En tal sentido, tienes que acudir con el mismo y tienen que ver si el deudor sustituto cubre los mismos requisitos que tú para realizar la sustitución del deudor.

    Lo más viable en estos casos, es que vender el inmueble, haciendo un avalúo previo del inmueble y en base a su valor actual, pedir como anticipo lo que adeudes para cubrir el préstamo hipotecario, cancelar la hipoteca y el resto de dicha operación la paguen cuando ante Notario Público realicen tanto la cancelación de hipoteca, como la compraventa del inmueble.

    De ahí en fuera, cualquier otro tipo de traspaso, es ilegal y siempre generan problemas a futuro...

    Suerte!