Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 164889
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 280459

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La mayoría de los Códigos de los Estados establecen que los bienes que obtengan por herencia no forman parte de la sociedad conyugal.

    Tu Ip es de Verácruz, pero en la consulta dice Aguascalientes, así que si señalas el Estado de la República donde se está llevando el divorcio, será más fácil que alguien te índique qué establece el Código relativo.

    No obstante en algunas ocasiones cuando se realiza una venta de inmueble y el vendedor es casado, les piden la autorización del cónyuge para llevar a cabo la compraventa, aunque dicho bien no forme parte de la sociedad conyugal.

    Pero si tu acreditas ante el Juez que lleva tu divorcio que la misma la obtuviste por herencia, entonces el Juez no podrá incluirla dentro de la liquidación de la sociedad conyugal.

    Asístete de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de tu Estado.

    Suerte!