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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Agosto de 2012 12:32 2012-08-15 12:32 desde IP: 187.144.36.188
Puede ser usucapio o escrituración publica de inmueble, como bien comenta la Lic. Iliana, no importa la la acción, la que hagas, tendras que notificarla (emplazarla) a quien aparezca como titular de la propiedad, ya bsea en forma personal o por medio de edictos en los periodicos de mayor ciurculación.
Para toda duda.
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