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  • Consulta : 164675
  • Autor : Abogadodelacruz
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  • Autor
    Respuesta No: 280236

  • Abogadodelacruz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    En el caso concreto de tun consulta, la figura jurídica no es la de adopción, lo que pretenden hacer se llama reconocimiento, y lo pueden hacer acudiendo a la oficina del registro civil, efectivamente se tendrán que hacer las adecuaciones correspondientes en los papeles de la SEP, ya que será expedida una nueva acta en la que aparecerán ambos como padres de tu niña.

     

    No es tan complicado así que suerte.