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Fecha de respuesta: Domingo 12 de Agosto de 2012 23:27 2012-08-12 23:27 desde IP: 189.146.109.107
No hay plazos, puesto que el actuario puede señalar miles de causas por las cuales no se ha llevado a cabo el emplazamiento.
Aquí lo prudente es que tú o tu abogado, acudan directamente con el Actuario y pidan una cita, para trasladarlo directamente al domicilio del demandado, o si es un exhorto, que te lo entreguen y tu lo diligencies, aunque para ello sí requieres asistencia de un Lic. en Derecho o de esos coyotes que andan ofreciendo sus servicios...
Mi recomendación es que contrates un Lic. en Derecho especialista en materia laboral, pero que sea recomendado directamente por algún familiar o amigo, ya que en este foro, es muy fácil que cualquiera te diga que puede llevar tu asunto y después trasquilarte unos pesos..
Aclaro que no lo digo por el anterior forista, pues no lo conozco y desconozco su trabajo, pero si alguien tiene necesidad de andarse anunciando en un foro donde la asesoría es gratuita y con fines altruistas, pues implica que no tiene mucho trabajo y por ello, tiene que buscar en estos medios clientes.
Suerte y ojo con las decisiones que tomes en torno a tu asunto...
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