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AutorRespuesta No: 280597
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Agosto de 2012 11:09 2012-08-16 11:09 desde IP: 201.103.128.54
Padre 1:
Con todo respeto, pero mi género no tiene nada que ver con la opinión que te estoy brindando, pues si fuera el caso, te diría que estás obligado a pagarle desde que nació la niña y no es el caso.
Jamás te condenarán a cubrir alimentos retroactivos, porque si antes no te los reclamaron implica que o los cubriste o no se necesitaron.
Si dices que la madre de tu hija, no quiso que le depositaras a una cuenta, entonces hubieras realizado una consignación judicial y ella sabría si tomaba o no el dinero, pero ya sabías que tenías una hija y que tenías que mantenerla.
Si por medio de un juicio, estás siendo obligado a darle una pensión alimenticia a tu hija, en nada te afecta si la madre declara o no impuestos por sus ingresos y si puedes probarlo, pues realiza la denuncia ante la autoridad que corresponda, pero ello no implica que te van a fijan una pensión tomando en cuenta tus deudas, porque si hoy tienes una deuda de 5 años por el carro, cuando termines de pagarla, te vas a hacer de otra deuda por otro bien y entonces, todos los hombres o mujeres que están obligados a dar pensión alimenticia, se eximirían de cumplir sus obligaciones porque compraron cosas sin saber que los iban a demandar.
Si por el adeudo que contrajiste y el monto de la pensión no puedes subsistir, entonces puedes dar en pago el auto, cubrir la diferencia que debas y liberarte de ese compromiso, pues un vehículo no es un bien indispensable, como si lo es el pago de ALIMENTOS PARA TU HIJA.
El hecho de que sea mujer y le esté dando seguimiento a tu consulta, no es algo que cualquier otro forista varón te pueda decir, pues si estuviera en un error, no faltaría quien entrara a decir que lo que te estoy comentando es erróneo.
Pero como te he reiterado, porqué no acudes con un Lic. en Derecho (HOMBRE, VARÓN o MACHO) y te diga lo que tu quieres oír o te diga la verdad... finalmente el Juez es quien tiene la última palabra.
Suerte!
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