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  • Consulta : 164387
  • Autor : Lic Zarco Diaz
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  • Autor
    Respuesta No: 280039

  • Lic Zarco Diaz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Y regresamos a lo mismo si RENUNCIASTE no solo renuncias al empleo tambien se da por entendido que RENUNCIAS  a los derechos que legalmente habias obtenido, ahora entonces esta situacion se entiende consuetudinariamente pero si bien es cierto no se encuentra establecida como tal en la Ley Federal del Trabajo tambien lo es que dejaste de ir a trabajar, eso lo pueden considerar como un Abandono del trabajo y asi el patron podra tener una escusa para la rescicion de la relacion laboral y por consiguiente no tiene porque darte finiquito, luego entonces si llegaste a un acuerdo con tu patron donde el te hubiera dicho que te iva a dar finiquito este no puede ser ni mayor a dos semanas de salario porque es de mutuo acuerdo, con la pena chaval llevas las de perder pero no imposible recuperar eh.

     

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