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  • Consulta : 164317
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 279893

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Ok, pero en vía de mientras "los bienes se presumen comunes"...

    Normalmente no se celebran las capitulaciones, por lo tanto, y atendiendo a lo que comenta el anterior colega, entonces yo sugeriría que se dejen pasar 6 meses de abandono injustificado de domicilio conyugal y se cancele la sociedad conyugal.

    Saludos.