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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Agosto de 2012 13:06 2012-08-11 13:06 desde IP: 189.146.109.107
No es una disolución conyugal, porque no hubo MATRIMONIO.
Son relativamente novedosos los criterios que establecen la disolución del concubinato, basándose en las sociedades civiles,
El porcentaje se determinará en base a la proporción con que hayan contribuido los concubinos... lo ideal, sería un 50%.
Pero no refiere si todos los bienes están a nombre de su ex concubina o de Usted...
Por lo que lo ideal sería que acuda con un Lic. en Derecho de su Estado, para que personalmente y con documentación en mano, analice su caso y le índique qué es lo que procede...
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