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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Agosto de 2012 13:14 2012-08-10 13:14 desde IP: 189.146.109.107
Si el Juez gira el oficio a la empresa para ordenar se retenga el porcentaje de pensión alimenticia, DEBE LLEVAR LOS NOMBRES DE QUIEN DEMANDA, pues precisamente la empresa le entregará el dinero a LA PERSONA QUE LE SEÑALE EL JUEZ.
Ahora bien, la obligación de dar alimentos a los hijos, es de ambos padres, no importa si los dos trabajan, así que ello no lo exime de darle alimentos a tu hijo.
Y el hecho de que tenga otros acreedores alimentarios, sólo puede incidir en el hecho de que el porcentaje sea menor.
El monto o porcentaje por concepto de pensión alimenticia, se determina en base a las posibilidades del deudor y las necesidad del acreedor alimentario.
Desconozco donde trabajes, pero me parece absurdo que puedan despedir a alguien por promover un juicio de alimentos contra otro trabajador...
Asístete de Lic. en Derecho especialista en materia familiar, ya sea particular o de oficio.
Suerte!
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