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AutorRespuesta No: 279362
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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Agosto de 2012 01:11 2012-08-09 01:11 desde IP: 187.144.36.188
Nunca deben pasar mas de 15 dias contados de la fecha en la que se te notifico la sentencia o resoluciòn que te afecta, sea la afectaciòn que sea; el amparo, por ley, debe hacerlo y formularlo un abogado especialista en el tema de garanrias individuales, constitucuonal y amparo, no cualquiera hace un juicio de amparo.
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