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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Agosto de 2012 11:00 2012-08-09 11:00 desde IP: 187.186.74.78
Todo depende la forma de contratación. Si contrata para que se interprete la obra LA TRAVIATA ... tendría usted que pagar esas regalias... porque es usted quien esta obteniendo el lucro al inerpretar la obra. Pero si usted contrata a Kalimba por ejemplo para que cante 2 horas.... y él canta una cancion de Jose Jose por ejemplo y éste ultimo demanda las regalias.... quien debe pagarlas es el cantante... porque él fue quien obtuvo el lucro... se le contrató para cantar y si el canto algo que no era exigido por usted sino lo saco asi expontaneo.. es responsabilidad d eél.
Saludos
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