- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 163811
- Autor : consultor77
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 622
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 279264
-
Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Agosto de 2012 14:27 2012-08-08 14:27 desde IP: 189.212.77.179
Debido a que ustedes han establecido su domicilio conyugal en México, tienen que divorciarse aqui mismo, no obstante una vez que se haya decretado el divorcio deberán llevar el oficio a su país a fin de que se inscriba dicho divorcio en el equivalente al Registro Civil de su país.
Lo que necesita es una copia certificada de su acta de matrimonio, la cual deberá estar apostillada para lo cual deberá acudir al COnsulado de su país en México, a fin de que certifiquen que es un documento válido y original.
También va a requerir el acta de nacimiento de su hijo. Si ambos estan de acuerdo en divorciarse y en los términos, es decir, quien se quedará con la guarda y custodia de su hijo, la forma de dar y el monto de la pensión alimenticia, asi como la forma en que dividirán los bienes. entonces deberán presentar un convenio ante el Juez familiar correspondiente y de esa forma se resolverá el divorcio en un tiempo relativamente corto.
Saludos
Lic. Elizabeth López
-
Autor





