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  • Consulta : 163806
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 279267

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Debe promover ante el Juez que conoció del asunto, unos medios de apremio para que la madre de la menor, dé cumplimiento a lo ordenado en la sentencia definitiva.

    Si no tiene más de 6 meses que se concluyó el juicio, deberán solicitar previamente la remisión del expediente del Archivo General y hasta que esté de nuevo en el Juzgado podrán promover lo que se índica.

    Si con los medios de apremio, persiste la señora en no permitir las convivencias, entonces en la vía incidental, deberá tramitar una modificación al régimen solicitando que las visitas se realicen en algún centro de convivencia (en caso de que existan centros de esa naturaleza en tu Estado o a través de un representante del D.I.F.) esto último en el caso de que la legislación de tu Estado lo prevea.

    Por lo anterior, deberán asistirse de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de su Estado particular y/o de oficio.

    Suerte!