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  • Consulta : 163571
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 279068

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Las escrituras de un inmueble, no pueden ser empeñadas, pues las mismas sólo señalan titularidad de la propiedad de alguien, para que puedan servir a un tercero, debió realizarse un acto de dominio sobre el inmueble, PERO POR EL TITULAR, no por un probable heredero o alguien declarado como heredero.

    La persona que le prestó el dinero a tu tía, se las ha de haber pedido como garantía de su adeudo y finalmente si no paga el mismo, el prestamista deberá intentar una acción contra tu tía, no contra la sucesión, porque el finado no se obligó como aval ( o eso entiendo yo).

    Pero una vez que se adjudiquen el inmueble a favor de los herederos, la parte que le corresponda a tu tía, sí puede ser embargada por el acreedor de la misma.

    Cualquier juicio, puede tardar desde tres meses a varios años, pues cada uno tiene sus particularidades y ningún abogado puede dar un plazo exacto de duración, pues se desconoce la conducta procesal de la parte que no está de acuerdo, puede impugnar todas y cada una de las resoluciones que se dicten en el juicio, alargandolo indefinidamente o puede que se resigne y todo sea rápido.

    De igual forma, puede que Ustedes no le pongan interés al asunto y se quede inactivo por falta de interés o de recursos para su continuación, por lo que esa duda, no puede resolverse.

    Suerte!