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AutorRespuesta No: 280002
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Fecha de respuesta: Domingo 12 de Agosto de 2012 16:16 2012-08-12 16:16 desde IP: 189.137.200.226
Señores foristas, me comenta mi abogado que todo lo que ustedes cometaron está muy bien si fiera el caso de que la contraria hubiese combatido la resolución respecto a haber sido sentenciado al apgo del interés legal del 6% mensual, pero que en este caso particular, la contraria nunca combatio, por medio alguno, esa aprte de la resolución y, que incluso, al solicitar el Amparo, la propia quejosa pide que el interés legal del 6% MENSUAL, solo se aplique al monto del adeudo que corresponda despues de restarle la parte correspondiente al I.V.A., situación que deja de manifiesto que el quejoso está consintiendo el acto de la sentencia a la tasa del 6% MENSUAL, y que en consecuencia, si bien es cierto que la ejecutoria señala en alguna de sus consideraciones que la Juez debe aclarar si se trata de anual o mensual, también es cierto que en el resolutivo dice que el amparo se concede para efectos de que el Juez dejeINTOCADAS las partes de la sentencia que no fueron materia del amparo y que realice las operaciones aritméticas para determinar que pate puede ser sujeta de la aplicación del interés del 6%MENSUAL, que se señala en la sentencia. que por eso si es factible lograr que, mediante recurso de incidente de conformidad, la SCJN, determine que la sentencia no se cumplió, toda vez que la tasa del 6% MENSUAL no fue materia de la conseción del amparo y que por lo tanto esa parte de la sentencia debió mantenerla INTOCADA y que además por tratarse de un ACTO CONSENTIDO, no es suceptible de ser materia amparo. La pregunta es:
¿Resulta cierto lo señalado por el abogado, o solo está queriendo llevar a cabo una serie de acciones que no conducirán finalmente a nada que beneficie mis interses?, lo anterior lo señalo, toda vez que mi abogado tampoco gana nada realizando más promocioenes ya que los honorarios pactados establecen una cuantía determinada que incluye toda acción que sea necesaria hasta ejecutar plenamente la sentencia que cause estado.
Espero que haya mucha participación al respecto, pues siempre, sin importar la diferencia de opiniones que se vierten en toda participación, siempre hay un gran aprendizaje, que al final del día es una de las razones de existir de estos foros.
De antemano gracias.
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