Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 163405
  • Autor : IAASA
  • Consultas en Foro: 29
  • Respuestas en Foro: 69
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6894
  • : 50 %
  • : 50 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 279821

  • IAASA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic. Velazquez, en primer lugar agradezco el interés en mi pregunta, en segundo, aclaro que si consulto, es porque no soy abogado, soy arquitecto, pero además de entusiata del derecho, porque actuo en diversos casso como perito en mi materia, también gusto de obtener una segunda opinión a lo que mis abogados que llevan el asunto, em comentan, esto porque como lo expuse aquí hace ya algunos años, fuí victima del abuso de un Aboganster que solo me sacó dinero y nunca atendió el asunto encomendado, aprovechandose que yo estaba de viaje de trabajo, lo que me obligó a ausentarme por mas de 6 mese de la ciudad y el abogadete ese se coludió con la contraparte, al tiempo que me hablaba por telefono para pedir "gastos" de supuestas actuaciones que estaba haciendo, cuando en relaidad no hacía nada y en consecuencia "perdí" el caso, cosa que cuando presenté ante este foro los elementos conque yo contaba y con los que contaba mi contraparte, todos los foristas participantes se asombraron de que el caso se hubiese perdido, hasta que supieron el actuar del Pseudo abogado que me "representó".

    ¿Si le queda claro porque pregunto tanto?

    Lic. Calamarín, el interés del que estamos hablando, es el interés legal señalado en el artículo 362 del Co Co, solo que el Juez en la sentencia señaló 6% MENSUAL, situación que la contraria NUNCA COMBATIO por ningún medio, ni al solicitar el amparo, ya que lo único que solicitó, fue que dicho interés se le aplicara solo sobre una determinada cantidad y no sobre el total señalado como suerte principal, o sea solicitó que de dicho importe se descontara el correspondiente I.V.A para que esa porción no fuese grabada con el interés del 6% MENSUAL. por lo queentonces, eso ya se había constituido en un acto consentido, sobre lo cual no puede concederse amparo alguno, sin embargo, El Magistrado, al momento de conceder el amparo para efectos de, también señaló que la Juez debería calrar si el Interés debía ser ANUAL o MENSUAL, por lo que el Juez, al dictar la nueva sentencia en cumplimiento de la ejecutoria federal, cambio el interés del 6% MENSUAL que había determinado en la sentencia anterior al 6% ANUAL. De ahí que la consideración particular es que el tribunal federal se excedio en sus alcances al alegar lo que la parte afectada no alegó y, hasta donde entiendo, en materia mercantil, no hay suplencia de la queja, por ello es la pregunta de que si existe algún recurso por dicho motivo contra el tribunal, a efecto de que se corrija el amparo y se deseche la nueva sentencia para que se dicte otra que conserve todo aquello que ya había constituido un acto consentido. Si si existe algún recurso, quiero saber cual es y cuanto tiempo tengo para hacerlo valer, ya que mis abigados me dicen que se debe hacer valer un incidente de inconformidad conforme al artículo 105 párrafo tercero de la Ley de Amparo, ya que dieron por cumplida la ejecutoria.

    Salu2!