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  • Consulta : 163368
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 278807

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El escrito inicial debe estar firmado por todos los interesados y por ello se designa un representante común para que en lo subsecuente, sea éste el que firme los demás escritos.

    Pero recuerda que para informar de su voluntad al Juez de que tu seas el representante común, deben plasmar su firma e incluso el Juez, si así lo considera prudente, puede ordenar que acudan todos y cada uno, a ratificar el escrito.

    Así que puede otorgarte un poder para pleitos y cobranzas ante un Notario de su Estado o le envíes el escrito en archivo electrónico, lo firme y te lo devuelva por mensajería y ya posteriormente firmen los que están aquí en el D. F.

    Pero reitero, el Juez puede ordenar la ratificación personal ante su presencia y con el poder tu puedes ratificar con dicho mandato...

    Suerte!